Luis Benítez fue designado fiscal federal subrogante
17/05/2010
La designación preocupa a los organismos defensores de los derechos humanos, ya que Benítez fue seria y reiteradamente cuestionado en la causa Colombo.
17/05/2010
La designación preocupa a los organismos defensores de los derechos humanos, ya que Benítez fue seria y reiteradamente cuestionado en la causa Colombo.

El Procurador General de la Nación designó, a través de la resolución 38/10, al doctor Luis Benítez como fiscal federal subrogante para intervenir en la preparación y desarrollo de los debates orales por crímenes contra la humanidad cometidos durante el terrorismo de estado en la Causa más conocida como la masacre de "Margarita Belén". Según publicó FM Nueva Provincia, el doctor Benítez dijo que es una designación importante que no la esperaba pero que fija de alguna manera un reconocimiento por su actuación en la megacausa Carrillo.
Por su parte, trascendió la preocupación de los querellantes, víctimas y defensores que conocen el manejo del fiscal en dicha causa, y en especial en la causa Colombo. Los mismos recusaron en varias oportunidades al fiscal. Señalaron en su oportunidad que Luis Benítez, además de no actuar de oficio en ninguna oportunidad para solicitar la detención de los principales implicados, y que no conocía en profundidad la causa, estaba relacionado con el estudio de los defensores de los imputados, razón por la cual él mismo había solicitado, tiempo atrás, en la causa madre, su alejamiento de la función en dicha causa, pero se resistía hacerlo en una causa secundaria de la original como lo era la causa Colombo.
La segunda oportunidad que fuera recusado por la querella fue con motivo de relacionarlo con su función y responsabilidad en la Municipalidad de Formosa cuando era asesor letrado de la misma y en aquel entonces se borraron todas las identificaciones de los cadáveres del cementerio Virgen de Itatí donde se habrían enterrado los cuerpos de los desaparecidos que se buscan, con el aval de un dictamen jurídico de la repartición a la que el recusado integraba.
Si bien todas las recusaciones planteadas por la querella fueron formalmente rechazadas, los cuestionamientos a su proceder se sucedieron. Y el tercer y serio cuestionamiento que se le formulara fue cuando el fiscal Benítez fundamentó y dio la justificación al TOF en su alegato final para aplicar al ex general Juan Carlos Colombo una pena de 25 años, por homicidio simple, y no de reclusión como solicitaba la querella, por la comisión de delitos de lesa humanidad, aplicándose una legislación que ya no estaba en vigencia cuando se dieron los hechos. Además de fundamentar y dar apoyatura al tribunal, en ese mismo alegato, para desestimar que la asociación ilícita para la comisión de delitos de lesa humanidad fuera considerada en el marco de un genocidio, como lo enmarcaba la querella según la jurisprudencia sentada en casos como el de la condena del represor Miguel Echecolatz. Estos cuestionamientos dieron motivo de la apelación del fallo condenatorio por parte de la querella que solicita reclusión en cárcel común, y tipificar el delito en el marco del genocidio.
Por su parte, trascendió la preocupación de los querellantes, víctimas y defensores que conocen el manejo del fiscal en dicha causa, y en especial en la causa Colombo. Los mismos recusaron en varias oportunidades al fiscal. Señalaron en su oportunidad que Luis Benítez, además de no actuar de oficio en ninguna oportunidad para solicitar la detención de los principales implicados, y que no conocía en profundidad la causa, estaba relacionado con el estudio de los defensores de los imputados, razón por la cual él mismo había solicitado, tiempo atrás, en la causa madre, su alejamiento de la función en dicha causa, pero se resistía hacerlo en una causa secundaria de la original como lo era la causa Colombo.
La segunda oportunidad que fuera recusado por la querella fue con motivo de relacionarlo con su función y responsabilidad en la Municipalidad de Formosa cuando era asesor letrado de la misma y en aquel entonces se borraron todas las identificaciones de los cadáveres del cementerio Virgen de Itatí donde se habrían enterrado los cuerpos de los desaparecidos que se buscan, con el aval de un dictamen jurídico de la repartición a la que el recusado integraba.
Si bien todas las recusaciones planteadas por la querella fueron formalmente rechazadas, los cuestionamientos a su proceder se sucedieron. Y el tercer y serio cuestionamiento que se le formulara fue cuando el fiscal Benítez fundamentó y dio la justificación al TOF en su alegato final para aplicar al ex general Juan Carlos Colombo una pena de 25 años, por homicidio simple, y no de reclusión como solicitaba la querella, por la comisión de delitos de lesa humanidad, aplicándose una legislación que ya no estaba en vigencia cuando se dieron los hechos. Además de fundamentar y dar apoyatura al tribunal, en ese mismo alegato, para desestimar que la asociación ilícita para la comisión de delitos de lesa humanidad fuera considerada en el marco de un genocidio, como lo enmarcaba la querella según la jurisprudencia sentada en casos como el de la condena del represor Miguel Echecolatz. Estos cuestionamientos dieron motivo de la apelación del fallo condenatorio por parte de la querella que solicita reclusión en cárcel común, y tipificar el delito en el marco del genocidio.